


El área de Bromatología de la Municipalidad de Armstrong informa que por medio de la modificación del artículo 21 del Código Alimentario Argentino, ya no será necesaria la Libreta Sanitaria en los establecimientos donde se produzcan, elaboren, fraccionen, transporten, comercialicen y/o enajenen alimentos o sus materias primas en todo el territorio nacional.

Por el presente, la Municipalidad de Armstrong comunica que procederá a la disposición administrativa de los vehículos que se encuentren depositados en el Corralón Municipal y depósitos municipales, cuya estadía exceda los plazos previstos en la Ley Provincial Nº 11.856 y la Ordenanza Municipal Nº 1425/2018. De acuerdo con lo previamente mencionado, aquellos que posean vehículos en dichas dependencias y cuya estadía supere los seis (6) meses, deberán concurrir a más tardar a fecha 31 de Julio del cte., al Tribunal Municipal de Faltas, sita en Bv. San Martín 1565 de la ciudad de Armstrong, de lunes a viernes, en el horario de 8 a 12 hs., acompañado de Documento Nacional de Identidad y Título de la Propiedad Automotor. Todo ello a los fines de hacer valer sus derechos sobre el rodado y regularizar su situación, bajo apercibimiento de que en caso de incomparencia dentro del plazo previsto, se procederá sin más con arreglo a la Ordenanza Nº 1425/2018 a ordenar la incorporación de los rodados al patrimonio municipal para su donación o compactación del bien.
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